De cómo Manolo Chaves y Pepiño Blanco acosaban a los disidentes de la burbuja inmobiliaria

Cuando todavía nadie denunciaba que todas las administraciones públicas estaban corrompidas, un grupo de abogados que se oponían a la burbuja sufrían las iras de los que impulsaban el incipiente tsunami inmobiliario.

La mafia urbanística utilizó todos los resortes a su alcance para acallar las voces y las denuncias de los disidentes inmobiliarios. Tal era el poder de los mafiosos que incluso tenían capacidad para decidir en qué juzgado turnaban las distintas causas para que fuesen tramitadas por el juez que ellos consideraban más próximo a sus intereses.

El acoso a los abogados era administrativo, judicial, y social. Hasta tal punto afectaba a la vida privada y a la seguridad personal de los letrados disidentes que tuvimos que pedir protección policial al Subdelegado del Gobierno.

A continuación enumero algunos puntos del acoso, según fueron denunciados en vía penal:

1.- Los responsables municipales, en el Pleno del 1 de diciembre de 1995, modificaron los artículos 10.50 y 2.4.3 de las Normas Subsidiarias, NNSS, para que José Ignacio Domínguez no pudiese realizar ninguna obra en su casa, salvo demolerla.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada anuló ambos artículos en la sentencia firme número 3.353/03 de fecha 29 de diciembre de 2003. La sentencia acusa literalmente a los responsables municipales de haber actuado con “desvío de poder”, de forma “injusta”, y con “manifiesta arbitrariedad” al modificar las Normas Subsidiarias con el único objeto de impedir que Domínguez, “disfrute de la casa”.

2.- Los responsables municipales no se limitaron a modificar las NNSS para perjudicar la vivienda de Domínguez. Con anterioridad ya habían demolido “a las bravas”, sin expediente alguno, parte de la meseta en la que se ubica la vivienda. El Defensor del Pueblo Andaluz reconoció que Domínguez tenía derecho a ser indemnizado.

3.- Posteriormente, el Ayuntamiento, tramitó el expediente de modificación puntual de NNSS número 13/97 con objeto de reducir el tamaño del solar de Domínguez en un tercio. El expediente se tramitó a espaldas de Domínguez e incluso se le negó copia del mismo.

4.- Los responsables municipales manifestaron que el inmueble estaba en ruinas para poco después contradecirse afirmando, el 6 de octubre de 1997, que la vivienda debía ser expropiada por su valor arquitectónico. La vivienda, de 69 m2, no tiene valor arquitectónico alguno.

5.- Los responsables municipales le negaron vallar el solar alegando que Domínguez pretendía vallar viales públicos. A lo largo de 1997 y 1998 le denegaron todo tipo de obras, incluidas las que por obligación deben realizar los propietarios, como por ejemplo la reparación de cornisas sueltas.

6.- El Alcalde realizó numerosas declaraciones a los medios de comunicación ofendiendo a Domínguez. A partir de esas declaraciones Domínguez ha visto dañado su patrimonio en diversas ocasiones y ha tenido que pedir protección policial al Subdelegado del Gobierno.

7.- La Comisión de Gobierno del Ayuntamiento, de fecha 6 de febrero de 1998, acordó expropiar a Domínguez la mayor parte de su solar alegando que estaba atravesado por viales por sus cuatro costados. La Diputación negó asistencia jurídica al Ayuntamiento por entender que se trataba de un acoso a un particular.

8.- El Ayuntamiento, en fecha 31 de mayo de 1998, dirigió un escrito a la Gerencia Territorial del Catastro para modificar los datos catastrales de la casa, a espaldas de Domínguez.

9.- La Comisión de Gobierno del Ayuntamiento, de fecha 29 de mayo de 1998, acordó denunciar a Domínguez por afirmar en la revista INTERVIU que “Los afectos al Ayuntamiento construyen en plena vía pública y a los discrepantes les introducen vías públicas inútiles en su propiedad”. Precisamente los familiares de dos ex concejales están denunciados por invadir vías públicas y un conocido disidente ha obtenido sentencia firme del TSJA en la que se condena por desviación de poder al Ayuntamiento por introducir una vía pública inútil en su jardín.

10.- El Ayuntamiento, en fecha 10 de julio de 1998, Registro de Salida 7.402, trató de calificar como zona verde privada gran parte del solar de Domínguez. En este mismo lugar el Ayuntamiento pretendió meses antes, también sin éxito, ubicar un vial en el expediente de modificación de Normas Subsidiarias 13/97 (apartados 3 y 7).

11.- El Pleno del Ayuntamiento de fecha 31 de julio de 1998, aprobó inicialmente el expediente de modificación de Normas Subsidiarias, 9/98, para maquillar los artículos de las Normas Subsidiarias que impedían realizar cualquier tipo de obras a Domínguez, salvo demoler, lo que motivó que el Defensor del Pueblo Andaluz incluyera una queja de forma destacada en el Informe Anual dirigido al Parlamento de Andalucía.

12.- En enero del 2.000 el Ayuntamiento se hizo cargo de la gestión del Catastro. Lo primero que hizo ese mismo mes fue reducir el tamaño del solar de Domínguez en la planimetría catastral, sin contar con el propietario.

13.- A partir de febrero de 2.002, fecha en que se hizo cargo del Juzgado de Instrucción número 1, D. Ezequiel García García, las actuaciones judiciales relacionadas con el Ayuntamiento comenzaron a caer en ese juzgado de forma ininterrumpida.

14.- El 31 de julio de 2.002, el Ayuntamiento se querelló contra José Ignacio Domínguez por decir, “El Ayuntamiento pretendía amedrentar a nuestra letrada”. La letrada había sido denunciada, sin éxito, al Colegio de Abogados por su “trato desconsiderado y descortés hacia el Ayuntamiento”. La querella contra Domínguez se admitió a trámite y no se archivó hasta meses después de que el nuevo equipo municipal retirara la querella.

15. Un ex concejal presentó una denuncia por calumnias contra Domínguez por haber acusado al exconcejal de invadir una zona verde. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 obligó al ex concejal a demoler una parte de la zona verde invadida pero el Juzgado de Instrucción 4 tardó cuatro años en archivar la denuncia contra Domínguez que ya había prescrito y tenía defectos formales insubsanables.

16.- El 10 de enero de 2003, el Jefe de la Oficina Técnica Municipal presentó una querella por calumnias contra Domínguez imputándole una frase que no había pronunciado. Tras dos años de tramitación la querella ha sido archivada gracias a una queja de Domínguez ante el Consejo General del Poder judicial.

17.- Meses antes de perder las elecciones, los responsables municipales se negaron a retirar un cable del alumbrado público en mal estado que atravesaba, a baja altura, el patio de Domínguez. El Defensor del Pueblo Andaluz acusó al equipo de gobierno municipal de atentar contra la integridad física de Domínguez.

18.- Recuperado el gobierno municipal, gracias a una tránsfuga, un ex concejal compró un solar que él mismo había transformado antes en calle sin expediente alguno. El antiguo solar, hoy calle, linda con el patio de Domínguez. El abogado del Alcalde interpuso un recurso contencioso administrativo al Catastro en nombre del ex concejal para situar el solar (calle) en el patio de Domínguez. La demanda no fue admitida por el Juez D. Jesús Rivera Fernández, por defectos de forma insubsanables.

19.- El 17 de febrero de 2005, el Alcalde presentó una querella contra Domínguez acusándole de haber inducido a un ciudadano, mayor de edad, a enviar una nota de prensa contraría al Alcalde. La nota de prensa se había enviado dos años antes por lo que las supuestas calumnias ya estaban prescritas y además Domínguez no tenía relación alguna con los hechos. La querella fue admitida a trámite y posteriormente fue archivada por la Audiencia Provincial.

20.- El 30 de marzo de 2005, Domínguez recibió una llamada de una persona bien relacionada con el consistorio diciendo que los responsables municipales cesarían en su acoso si vendía su casa, a precio de mercado, a alguna persona próxima al Ayuntamiento y abandonaba la provincia.

21.- El 5 de mayo de 2.005, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo acordó ejecutar la sentencia del TSJA relatada en el punto 1 del presente escrito que condenaba por desviación de poder al Ayuntamiento. El Ayuntamiento se negó a cumplir la sentencia y el acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

22.- El 7 de agosto de 2.005, a las ocho de la tarde, el vídeo de seguridad detectó un intruso saltando la verja de su patio. Alertado por la invasión, Domínguez revisó el depósito de agua que utiliza para consumo doméstico y comprobó que había sido contaminado.

23.- El Juzgado de Instrucción número 4 de Almería pidió al Ayuntamiento una certificación sobre la modificación realizada al artículo 10.50 de las NN.SS, el 1 de diciembre de 1995 (punto 1), y el Ayuntamiento remitió al juzgado una certificación presuntamente falsa en fecha 3 de marzo de 2009

24.- El 9 de julio de 2.009, el Ayuntamiento volvió a emitir otra certificación urbanística presuntamente falsa sobre la redacción del artículo 10.50 y la planimetría del solar.

25.- El Ayuntamiento continúa sin cumplir la sentencia del TSJA que le condenó por desviación de poder.

Almería, 27 de julio de 2.009

Obviamente el acoso que sufríamos los letrados disidentes, contaba con el visto bueno de los responsables del PSOE provincial que nada hacían por impedirlo. Ante esta actitud impropia de un partido demócrata, pusimos los hechos en conocimiento del Presidente de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves, que tampoco mostró el más mínimo interés en que cesase el acoso contra los que tratábamos de impedir que se inflase la burbuja inmobiliaria.

Vista la pasividad de Chaves, acudimos a José Blanco que entonces estaba en Ferraz y no obtuvimos respuesta alguna.

Para hacer oficial nuestra solicitud de “clemencia”, el entonces coordinador nacional de Ecologistas en Acción, Theo Oberhuber, envió una carta a José Blanco pidiendo oficialmente que el PSOE cesase en su acoso a los letrados ecologistas. La carta, al igual que las anteriores, no obtuvo respuesta.

Pepiño Blanco y Manolo Chaves, son los típicos representantes de lo que se conoce como “casta”. Los demócratas esperamos que estos dos individuos y sus adláteres pasen a la situación de retiro tras las próximas elecciones generales.