AUME rechaza el anteproyecto de Régimen Disciplinario

AUME, Madrid.- La Asociación Unificada de Militares Españoles, AUME, asociación profesional más representativa de los miembros de las Fuerzas Armadas ante la aprobación en el Consejo de Ministros de hoy del Anteproyecto de Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, quiere manifestar lo siguiente:

1.- El anteproyecto en su conjunto merece un severo juicio crítico negativo, que ha de traducirse en una enmienda a la totalidad de devolución al Gobierno.

2.- El anteproyecto nace sin haber pasado por el necesario y sosegado análisis previo por parte de las asociaciones profesionales.

3.- El paso del anteproyecto por el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas ha sido un mero trámite y ha merecido el reproche unánime de las asociaciones profesionales. No ha habido posibilidad alguna de debatir el mismo y menos aún de poder introducir enmiendas o modificaciones de ningún tipo y alcance.

4.- Sin duda, el anteproyecto – que ya mereció críticas muy intensas por el Consejo General del Poder Judicial – lejos de modernizar el régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas, supone un retroceso en los derechos de los militares y es una oportunidad perdida para adaptar la disciplina, principio instrumental, a la realidad actual de las Fuerzas Armadas plenamente profesionales.

5.- El anteproyecto está plagado de tipos disciplinarios que no resisten el paso por el tamiz del principio de legalidad porque están integrados por conceptos jurídicos indeterminados, cuya interpretación queda al albur del mando sancionador, sin garantía alguna para el expedientado.

6.- La persistencia de la sanción de privación de libertad (arresto) no se cohonesta bien con unas Fuerzas Armadas profesionales, integradas por mujeres y hombres, que conocen sus obligaciones y sus compromisos y que han de ser tratados como ciudadanos adultos y maduros y no bajo criterios de paternalismo y tutelas, propias de regímenes no democráticos.

7.- El mantenimiento de un procedimiento oral, sin garantías reales de defensa, para las faltas leves es un auténtico despropósito que solo encuentra justificación en la cesión a las presiones de quienes entienden el ejercicio del mando militar como algo que ha de estar por encima de la Constitución Española y de los derechos fundamentales y libertades públicas en ella consagrados.

8.- La supresión del pliego de cargos en los procedimientos para la imposición de faltas graves y muy graves no tiene sentido alguno si no va acompañada del establecimiento de la suspensión de la ejecutividad de la sanción hasta el agotamiento de la vía de impugnación en sede disciplinaria.

9.- Es excesiva la asignación de potestad disciplinaria hasta descender a niveles de jefes de pelotón o unidad similar. La asignación de potestad disciplinaria debe radicar como primer escalón en jefes de regimiento o unidad similar, para potenciar el uso de la misma desde criterios de imparcialidad, objetividad y neutralidad.

10.- No se ha querido establecer una salvaguardia y una defensa real de los representantes de las asociaciones profesionales en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, que podrán ser sancionados por los mandos de las unidades donde estén destinados, de tal manera que verán severamente limitado el ejercicio de sus cometidos en defensa de los intereses profesionales, sociales y económicos de los miembros de las Fuerzas Armadas.

11.- Resulta absurdo que las sanciones impuestas a un militar en zona de operaciones o durante el cumplimiento de una misión puedan diferirse a la vuelta a territorio nacional.

12. No resulta respetuoso con una concepción moderna del uso de la potestad disciplinaria mantener la ejecución inmediata de las sanciones disciplinarias, incluso estando pendiente recurso contra la misma. La suspensión de la ejecución de las sanciones debe ser automática cuando medie recurso hasta la resolución del mismo.

13.- Resulta sorprendente que el anteproyecto proceda a la modificación parcial de algunos artículos de la Ley Procesal Militar, cuando existe un mandato legislativo de adaptación de las leyes procesales militares, que queda nuevamente incumplido y que implicaría la elaboración coordinada de un nuevo Código Penal Militar y del nuevo marco regulador de la potestad disciplinaria.

14.- Resulta sorprendente y es una cuestión rechazable que se incumpla sistemáticamente el mandato legislativo de proceder a la reforma de la Ley de la Carrera Militar y se aproveche el anteproyecto de ley disciplinaria, para reformar muy parcialmente aspectos de la carrera militar. El anteproyecto modifica siete artículos de la Ley de la Carrera Militar y uno de la Ley de Tropa y Marinería.

Todo lo anterior, denota una deriva muy preocupante hacia posiciones que no se corresponden con los avances de derechos fundamentales alcanzados en los últimos tiempos por los ciudadanos de uniforme. El anteproyecto de nuevo régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas parece tener como principal objetivo el establecimiento de límites intensos a los derechos fundamentales y libertades públicas que se recogen en la ley de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, singularmente, el derecho de reunión y manifestación, la libertad de expresión y el derecho de asociación.-
AUME por todo ello ha de manifestar su desacuerdo con el contenido del anteproyecto que no ha sido debatido de la manera adecuada para cómo debería serlo una iniciativa legislativa de este calado y frente a lo cual instará a los grupos parlamentarios a la presentación de una enmienda a la totalidad con devolución del texto al Gobierno.

AUME ha de manifestar su preocupación por lo que ya parece ser una orientación firme de la política de personal del Gobierno caracterizada por proponer recortes en los derechos de los ciudadanos de uniforme.