Vocaciones desperdiciadas, que no perdidas

Publicado en Nuevatribuna.publico.es

Corría el año 1973 cuando cinco jóvenes militares fueron arrestados. Su delito: interesarse por su país y por el próximo e incierto futuro.
ejecito

Tal día como hoy, 9 de julio, de hace cuarenta y ocho años (1973), cinco jóvenes Caballeros Alféreces Cadetes (CAC) (1) de la Academia de Infantería (Toledo), con apenas algo más de los veinte años, fueron arrestados e incomunicados en las propias instalaciones de la Academia. Iniciaban un calvario que nunca pensaron que podría ocurrirles cuando unos años antes habían ingresado en la Academia General Militar (Zaragoza), tras dura oposición, como cadetes, con la ilusión de servir a su país vistiendo el uniforme militar. Un país que les preocupaba y por el que se interesaban. Un país que atravesaba, en esos momentos, primeros años de los setenta, momentos de incertidumbre y agitación.

Nadie les dijo inicialmente nada del porqué de aquel arresto, pero no tardaron en intuirlo. Los cinco formaban parte de un pequeño grupo informal de amigos que se interesaba, hablaba y comentaba la situación del país y de su incierto próximo futuro. Y, sobre todo, discutía, en los ratos libres, en los descansos, en la cantina, con el también grupo informal de compañeros acérrimos partidarios y propagandistas de las más extremas posturas de lo que entonces se conocía como el “bunker” y tenía como adalid y mentor doctrinal al notario Blas Piñar.

No parece que sentara tampoco demasiado bien a los mandos de la Academia que este grupo de jóvenes amigos con inquietudes solicitaran permiso para alfabetizar al personal de reemplazo analfabeto que hacía su servicio militar en los servicios de la Academia o que propusieran que el personal civil de limpieza (total o mayoritariamente mujeres) pudieran utilizar los autobuses militares para subir y bajar de la Academia a Toledo, como hacía el personal militar. Y mucho menos que pidieran ser eximidos de determinados actos religiosos que no exigieran puesto en formación.

Se les abre expediente disciplinario “académico”, como si las faltas a enjuiciar fueran de carácter docente: falta de interés o aptitud en los estudios o en las prácticas de carácter militar, suspensos reiterados en exámenes, pruebas o ejercicios de carácter profesional, etcétera. Por lo tanto, sin derecho a defensor o a asesor legal. Pero sobre lo que se les interroga es, en realidad, sobre amistades, lecturas, ideología, creencias, vocación militar y el por qué y para qué del Ejército.

Dos días más tarde de su reclusión se constituye el Consejo Disciplinario, presidido por el coronel director de la Academia D. Marcelo Aramendi García y compuesto por profesores de la propia Academia, en el que, debiendo mantenerse todo el tiempo en posición de firmes y sin ningún tipo, de nuevo, de posible asesoramiento legal, tienen que volver a contestar el mismo tipo de preguntas e insinuaciones de los interrogatorios previos.

Finalmente, el 13 de julio de 1973, a solamente cuatro días de su arresto e incomunicación, se les comunica a cuatro de ellos, de forma escueta y sin más explicaciones, mediante telegrama entregado en mano, su expulsión de la Academia y la pérdida de su carrera militar, que serán posteriormente publicadas a los pocos días en el Diario Oficial del Ministerio de Ejército.

Conocidos con años de retraso, ante la insistencia legal de reclamarlos, estos son los cargos que figuran en el expediente de expulsión:

  • Haber sentido una crisis religiosa que los ha llevado a abandonar la fe católica, aunque sin dejar de ser cristianos.
  • Amistad con universitarios con los que hablan de los aspectos reformables de la sociedad.
  • Ser lectores de publicaciones como las revistas Triunfo y Cuadernos para el Diálogo y de obras de autores como Tierno Galván, Aranguren o Tamames.
  • Estudiar preferentemente materias económicas, en perjuicio de las estrictamente militares.
  • Consentir un trato de familiaridad con los soldados, permitiéndoles el tuteo fuera de los actos de servicio en las horas de asueto. 

Por estos motivos –al parecer meramente “académicos”, que no “políticos”– fueron expulsados y privados de su vocación militar cuatro CAC, dos de ellos de cuarto curso, a los que solamente faltaban dos días para recibir su despacho de teniente y su condición efectiva de militares de carrera, mientras al quinto se le sancionó con treinta días de arresto y apercibimiento de expulsión. Por unos docentes incapaces de aprehender la realidad de la sociedad de su propio país, en el que se estaba produciendo una profunda transformación en las mentalidades, las costumbres y las actitudes de la población, especialmente de los jóvenes.

Puede decirse que “su calvario” continuó, cuando solamente cuatro años después (15 de octubre de 1977) y tras la muerte del dictador Francisco Franco (noviembre de 1975), el incipiente intento de democratización política del país promulga la Ley 46/1977 de Amnistía, en la que, a pesar de la amplitud de situaciones amnistiables que contempla (art. 2), los CAC expulsados de la Academia de Infantería cuatro años antes “no encajan”, quizás porque el “delito o falta” supuestamente cometido era, según su expediente disciplinario, simplemente “académico”. Y ello, a pesar de que la propia Ley establece (art. 6) que “el personal militar al que le hubiesen impuesto … pena de separación del servicio o pérdida de empleo… se le reconocerán, en las condiciones más beneficiosas, los derechos pasivos que correspondan a su situación”.

Una discriminación que solo será parcialmente reparada nueve años después por la Ley 24/1986 de Rehabilitación de Militares Profesionales, que reconociendo “el trato desigual” que la Ley 46/1977 había dado a ciertos militares (en clara referencia a los miembros de la Unión Militar Democrática expulsados de las Fuerzas Armadas y a los CAC de la Academia de Infantería) “al no conferírseles la posibilidad de reingreso en las Fuerzas Armadas”, establece, en su Disposición Adicional, que “los alumnos de las Academias militares que no hubieran consolidado su condición de militar profesional  ….. podrán solicitar el reconocimiento del empleo que les hubiera correspondido [el de capitán de Infantería en este caso, al que fueron ascendidos] …. si no hubiera existido interrupción en la prestación del servicio, optando en su solicitud por la situación de Reserva Activa o Retiro. El tiempo de separación les será computado a todos los efectos, con la excepción de la percepción de haberes”.

Reparación solo parcial ya que, si bien se les concede el empleo de capitán, alcanzado en esos momentos por los demás miembros de su promoción, se les obliga a “optar” por solicitar su pase a la reserva o el retiro, es decir, a abandonar su posible carrera militar futura, como se les había privado de ejercerla hasta entonces.

Cuatro carreras destruidas antes de iniciarse. Cuatro vocaciones desperdiciadas, que no perdidas. Tengo la suerte de conocer personalmente y ser amigo de uno de ellos, el capitán Juan Manuel Vázquez, y de él puedo contar que sus compañeros y colaboradores en el área de seguridad de la térmica donde ha trabajado toda su vida “civil”, se referían informalmente a él como “capitán”. Por algo será.

Y puedo testificar cómo, después de tantos años, cuando se habla con él del Ejército, de la milicia, siempre aparece en su rostro un casi imperceptible gesto involuntario de…


Enrique Vega Fernández, coronel de Infantería (retirado)
Asociación por la Memoria Militar Democrática


(1) CACs D. Francisco Ramón García García y D. Mario Fayos Mota, de cuarto y último curso; y CACs D. Juan Manuel Vázquez Ruiz, D. Faustino Canga Martínez y D. José Luis Herrero Fernández, de tercer curso.