Cada vez más iguales en las Fuerzas Armadas, Estela.

Publicado en InfoLibre.es

 

La cultura patriarcal, de la que bebemos todos los seres humanos en el mundo, ¿sabéis qué ha hecho? Ha diferenciado roles entre hombres y mujeres y así, a los hombres les asigna unas cualidades como fuerza, agresividad, independencia, objetividad, decisión, razón, producción, espacio público, poder social, valor económico… Y a las mujeres otras como delicadeza, debilidad, sensibilidad, emoción, intuición, reproducción, cuidados, espacio y tiempo doméstico (tiempo no integrado en las estadísticas), relaciones sociales…

Ambos grupos de cualidades nos pertenecen tanto a hombres como a mujeres y en eso debería consistir la igualdad, además de en tener las mismas oportunidades, en que las cualidades asociadas a hombres y mujeres sean patrimonio de todos los seres humanos independientemente de su sexo. Un hombre y una mujer tienen agresividad, sensibilidad, toman decisiones políticas, atienden los espacios privados como la crianza o cuidado de personas dependientes, cobran lo mismo por el mismo trabajo y acceden al ejército con el mismo tatuaje en la misma zona anatómica de sus cuerpos.

Cuando nos encontramos delante de un hecho al que se podría responder con un “ah, haber nacido hombre” estamos ante una discriminación por razón de sexo. Al revés también sucede porque el patriarcado es culpable de la misma manera de hacer que los hombres que no siguen sus patrones machistas y no encajan perfectamente con lo que se espera de ellos, sean discriminados. A los hombres se les exige, por ejemplo, que no lloren, que no sean débiles o que lleven el pelo corto en las Fuerzas Armadas. Eso también es discriminación por razón de sexo.

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en su artículo 6 define que esta discriminación puede ser directa o indirecta:

  1. Se considera discriminación directa por razón de sexo la situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de una manera menos favorable que otra en situación comparable.
  2. Se considera discriminación indirecta por razón de su sexo la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro, salvo que dicha disposición, criterio o práctica puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados.
  3. En cualquier caso, se considera discriminatoria toda orden de discriminar, directa o indirectamente, por razón de sexo.

Echando un vistazo a lo que es discriminar por razón de sexo podemos poner como ejemplo de discriminación directa la no contratación de mujeres embarazadas o que tengan previsto tener hijos, y se puede poner como ejemplo de discriminación indirecta la dificultad que tienen las mujeres para promocionar profesionalmente debido a la organización de los horarios en la jornada laboral donde a menudo son incompatibles con las responsabilidades familiares asignadas socialmente a las mujeres. De la misma manera, es discriminación para las mujeres no permitir el acceso a un puesto de trabajo en las Fuerzas Armadas porque la institución pueda obligarlas, por ser mujeres, a llevar falda.

Hoy escribo pensando en Estela Martín, una mujer que quería ser psicóloga militar y ha sido vetada por el ejército, discriminada por tener un tatuaje en el empeine, en un pie. Hablamos de un tatuaje que no se vería en ningún momento vistiendo el uniforme como establece la norma. Pero con Estela el ejército ha tomado la decisión de dejarla fuera porque, no nos engañemos, es mujer y “si la obligan a llevar falda” ese tatuaje sería visible. Y mientras tanto, compañeros varones con tatuajes cubriendo toda la pierna sí tienen acceso a ese puesto de trabajo como psicólogos militares.

Quienes han tomado esta decisión nos están trasladando un mensaje alto y claro: “haber nacido hombre”. Eso no es justo ni legal. A las mujeres no se les puede obligar a desempeñar su trabajo como militares con falda. Podemos elegir llevar pantalón.

Con este artículo pretendo hacer una labor pedagógica para que reflexionemos sobre estos asuntos que a muchos les parecen insignificantes, pero no lo son, y pretendo hacer llegar a quien lo lea que Estela reclama igualdad porque es de justicia.

Otro asunto sería si los tatuajes influyen en la operatividad y el desempeño de funciones militares. Pero el asunto que nos ocupa aquí es otro: no se puede discriminar a una mujer porque el patriarcado establezca que las mujeres debemos vestir falda. Estela es una mujer valiente que no se ha ido a su casa con la cabeza baja diciéndose a sí misma que su descalificación en la oposición obedece a criterios lógicos: haber nacido mujer y que las mujeres llevan falda. Estela ha dicho “no, no es justo”. Y todos nosotros tenemos que estar a su lado, por justicia.

Otro discurso no sería democrático. Como dice el periodista Miguel González en las redes sociales, ante los comentarios de quienes públicamente restan importancia a “estos asuntos” argumentando que no tienen importancia para el futuro de los españoles: “Algunos creemos que acabar con cualquier discriminación es de gran importancia para el futuro de los españoles y españolas, incluso para quienes creen que no les afecta”.

La Ministra de Defensa, Margarita Robles ha anunciado que se modificarán las bases de acceso a las Fuerzas Armadas en lo que se refiere a tatuajes visibles en el uniforme porque la norma es más restrictiva con las mujeres.

Enhorabuena, Estela, porque con mujeres como tú somos #CadaVezMásIguales. Me recuerdas a Angela Davis porque no estás aceptando las cosas que no puedes cambiar, estás cambiando las cosas que no puedes aceptar. Sin embargo, me preocupa y me pregunto qué pasará contigo y solo puedo decirte que no estás sola y que las Fuerzas Armadas pierden sin ti.