Una necesaria monitorización de las Fuerzas Armadas

El teniente Luis Gonzalo Segura, autor de la novela “Un paso al frente” (Tropo Ediciones, 2014), se encuentra ingresado bajo arresto disciplinario en el Hospital Central de la Defensa en Madrid, donde mantiene una huelga de hambre que entra ya en su tercera semana. El teniente ha denunciado, en los actos de presentación de su obra, la falta de control de los recursos, los privilegios y arbitrariedades que, según su criterio y experiencia, realizan habitualmente la mayoría de los mandos militares.

Al mismo tiempo esta semana los medios de comunicación informan de la decisión de la capitán Zaida Cantero, víctima de acoso sexual y laboral, de abandonar el Ejército ante la presión a que ha estado sometida desde que el acosador, coronel Isidro José de Lezcano-Mújica, ingresara en prisión para cumplir condena. Una sucesión de hechos ponen de manifiesto que esta oficial ha sido objeto de un trato injusto, basado en su condición de mujer y de denunciante, que parece que tenía como expresa finalidad conseguir su desmoralización y consiguiente renuncia a su profesión. Todo indica que algunos de sus jefes, compañeros del acosador condenado, se han ocupado de mantener el acoso sobre la oficial.

Ambos casos, aunque de naturaleza radicalmente distinta, coinciden en poner de relieve unas fuerzas armadas herméticas con unos códigos de valores trasnochados, muchos de ellos marcados por un autoritarismo reaccionario simplemente incompatible con el Estado Social y Democrático de Derecho que proclama nuestra Constitución. El espíritu de cuerpo de la oficialidad se ha conservado al mantenerse durante tantos años el mismo sistema de enseñanza militar que imperaba en el franquismo. La actualización de los contenidos académicos ha dejado intacta una formación dominada por el “esprit de corps”.

El hecho de que los estudios sociológicos otorguen a nuestras Fuerzas Armadas una alta valoración pública, debido fundamentalmente tanto al alivio producido en la sociedad por la desaparición de la amenaza involucionista y la supresión del servicio militar obligatorio como por su actuación profesional en las misiones internacionales, no debe llevarnos a la convicción de que se trata de una organización modélica que no requiere ser monitorizada. Por el contrario, precisamente la “desmilitarización” de la sociedad española a la que aludíamos, ha convertido a la organización militar en una gran desconocida y, paradójicamente, su alto reconocimiento público contribuye a la tentación de las autoridades políticas de confiar muchos ámbitos a la autonomía de los propios militares.

Los casos mencionados, en su diferente alcance y consecuencias, son claros síntomas de un funcionamiento interno opaco y arbitrario, y ponen clamorosamente de manifiesto las limitaciones de la jurisdicción militar para impartirla dentro del propio ámbito castrense. Pero son también una oportunidad para reflexionar sobre la conveniencia de mantener el estatuto del militar profesional o, en línea con los países de democracias avanzadas del norte de Europa, tender hacia una convergencia ciudadana. La protección jurídica de la función militar debe limitarse estrictamente a las cuestiones del servicio y no trascender al ámbito personal de los militares.

Desgraciadamente los últimos desarrollos legislativos, como la reforma de la Ley de Régimen Disciplinario, actualmente en fase de revisión por el Senado, consensuada por los principales grupos parlamentarios (PP-PSOE), no ayudan en este necesario cambio de la cultura militar profesional de manera que no se propicie la repetición de conductas como las que se denuncian en estos casos y otras muchas cotidianas que no llegan a trascender a la opinión pública.

Para favorecer el control externo del funcionamiento interno de las Fuerzas Armadas, entre otras medidas, el ministerio de Defensa debe facilitar la labor de las Asociaciones Profesionales y dotar de medios al Observatorio de la Vida Militar a fin de que cumpla su alta misión de realizar un análisis permanente de la condición de militar.

 

Madrid, 1 de agosto de 2014

 

Junta Directiva del FMD

619784569

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